Unos Mitos necesarios construyen la razón jurídica y las razones por las que, en democracia, en convivencia común de respeto, el Derecho organiza la sociedad, la constituye, no sólo declarando o proclamando derechos sino, organizando, distribuyendo, legitimando el ejercicio de poder y el gobierno. Con funciones separadas, unos llamados legisladores o asambleístas, en jerga al uso, hacen la ley; otros la ejecutan y aplican, es decir, gobiernan, subordinados a la norma; y, otros, por fin, frente al conflicto, en toda controversia o para evitarla y contenerla, deciden, predican lo que es justo y le dan valor material, concreto, real a la ley. Siendo esto así, la democracia, la convivencia, se mide, se tasa, se realiza en la acción y decisión de administrar justicia. Sin justicia, sin esa operación de dar a cada quien lo suyo, de restituir la convivencia y encausarla, no hay democracia.
Pero, la disputa de la democracia, no siempre es por la Ley y el Derecho, por la razón común y compartida, siempre difícil y en permanente construcción y renovación, sino que la disputa es por el aparato de justicia, por los operadores de ella, la disputa por los jueces. El órgano o los órganos, los medios, las formas de escogitamiento, su permanencia, define y garantiza que la justicia exista y sea por sí misma.
En el Ecuador, desde el llamado retorno democrático, a más de tres Constituciones, intentos creacionales del Derecho, no han dejado de presentarse varias reorganizaciones del aparato de justicia. La disputa política, en sucesivos acuerdos y pactos, también en acciones de fuerza, como la de la artillería apostada frente a la Corte de Justicia, se circunscribía y buscaba, cooptar, apropiarse de lo que se llamaba la Corte Suprema de Justicia. Estos incidentes, entre otros, los de la Pichi Corte, por ejemplo, han sido recurrentes y siempre dañinos al orden democrático. Pero, la reorganización derivada de la reconocida “metida de mano a la justicia” derivó en un proceso de reorganización completa del aparato de justicia, el modo y el medio de su cooptación y control.
El operador eximio, sin nombres que no hacen falta, el Consejo de la Judicatura, ha sido el órgano que, debiendo garantizar el sustento material, la compra y distribución, entre otros productos, del papel higiénico que necesita la administración de justicia, ha devenido en el administrador de la justicia. El sistema SATJE que ha separado a los jueces de los procesos y a los administrados y abogados de la administración de justicia, es una de las expresiones materiales y simbólicas, la realización de un modelo por el cual, los jueces, los operadores de la justicia, han devenido en una burocracia judicial, esto es, en operadores de la política judicial que se impone desde dicho órgano. Es éste órgano que ha sido ignorado por la consulta, es éste órgano el que sigue siendo disputado desde la Asamblea y el Consejo de Participación Ciudadana, es en este órgano, no en la ley y el derecho, donde se juega mucho de la democracia ecuatoriana. Es éste el órgano de la cooptación y la administración, es éste órgano el que debe ser reformado o eliminado, es en éste órgano donde se dinamita la posibilidad de la justicia y la democracia en el Ecuador.
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