domingo, 5 de enero de 2025

LICENCIA SIN SUELDO...no es necesario solicitarla.

 

 

 

FERNANDO CORDERO CUEVA

5/01/2025

El Código de la Democracia de Ecuador establece un marco normativo claro respecto a los derechos y obligaciones de los funcionarios que buscan la reelección en sus cargos. El mandato de "hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral" garantiza la equidad y transparencia en el proceso electoral.

La Asamblea Nacional aprobó esta disposición en 2019 para asegurar que los recursos de un cargo público no sean utilizados en beneficio de una candidatura. El ex presidente Moreno en su desaforado esfuerzo por congraciarse con la derecha política y la prensa anti-correista propuso en el veto presidencial que la licencia sin remuneración se aplicara desde la inscripción de la candidatura. La Asamblea en enero de 2020 ratificó el texto original con 122 votos, consolidando la aplicación de la "licencia sin remuneración “desde el inicio de la campaña electoral. 

La Ley es clara: “Los dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral.” Por tanto, a partir de hoy 5 de enero de 2025, hagan o no campaña los candidatos quedarán desvinculados de sus funciones remuneradas y serán reemplazados por sus suplentes. En el caso del presidente de la República, este deberá ser reemplazado por la vicepresidenta. La Asamblea Nacional, según el artículo 120 numeral 6 de la Constitución es la única que puede interpretar esta disposición con carácter obligatorio, para evitar ambigüedades, si surgen dudas. 

Cumplir con esta norma es hoy más importante que siempre para devolver -al menos parcialmente- la confianza ciudadana en los procesos electorales, por las actitudes pusilánimes de la función electoral. La licencia sin remuneración tiene como objetivo evitar el uso indebido de recursos públicos y garantizar condiciones de competencia equitativa, igualdad y neutralidad. Los suplentes juegan un papel clave al garantizar la continuidad administrativa.

La disposición: “…deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral.”  es un mandato legal que no requiere solicitud de los interesados. Por mandatos constitucional y legal desde hoy y hasta que termine la campaña electoral la vicepresidenta asume la presidencia de la república y los asambleístas y parlamentarios andinos suplentes asumen la titularidad dejada por los candidatos.

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